viernes, 22 de julio de 2011

El Fiscal de Seguridad Vial ha anunciado que, a partir del día 21-07-2011, va a acusar desde el primer momento de un delito de homicidio imprudente a todos los conductores que cometan una infracción grave de tráfico y causen la muerte de otra persona. Ahora, en algunos casos sólo les acusan de faltas. La pena por cometer un homicidio imprudente es de 1 a 4 años de cárcel.

Una muy buena noticia para acabar con la impunidad.
La justicia solo será justicia si es inmediata.
Necesitamos una justicia preventiva para quitar al delicuente de la carretera.
Bartolomé Vargas, fiscal delegado de Seguridad Vial, ha señalado que la Fiscalía imputará homicidio imprudente en todos los accidentes de tráfico en los que haya víctimas mortales.
La Fiscalía de Seguridad Vial imputará, a partir de este miércoles, homicidio imprudente en todos los accidentes de tráfico en los que haya víctimas mortales, así como un delito de lesiones imprudentes cuando haya heridos graves, según ha adelantado el fiscal delegado de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas.
En rueda de prensa celebrada este miércoles en la sede de la Fiscalía General del Estado, Vargas ha precisado que estas imputaciones «dependerán de la gravedad de la imprudencia». A su vez, ha recordado que actualmente la hipótesis de homicidio imprudente se barajaba normalmente cuando había homicidio y que, «a partir de ahora, la hipótesis se barajará siempre».
En este sentido, ha recordado que el homicidio imprudente se condena con una pena de uno a cuatro años de prisión y las lesiones imprudentes con una condena de tres meses a tres años de prisión, en función de la gravedad de la lesión.
Vargas ha comentado que esta nueva normativa se llevará a cabo por parte de las policías judiciales de la Comunidad Foral de Navarra, los Mossos d'Esquadra, la Ertzaintza, el Fiscal de Sala y los mandos de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, como parte de un operativo de cara a la operación salida y regreso del mes de agosto.
Para que los policías judiciales puedan llevar a cabo estas imputaciones, el Ministerio Fiscal presentará una serie de pautas, según el origen del siniestro, concretamente una tasa de alcoholemia de 2,5 miligramos de alcohol por litro de aire expirado, un exceso de velocidad de mas de 30 kilómetros por hora por encima del límite de 120, vulneración de las normas de adelantamiento, invasión de la calzada o sueño cuando, como ocurre en muchos casos, se ha podido detectar en sus comienzos y no se ha detenido el vehículo.
Recuerda: Infracción grave y una muerte, será homicidio imprudente desde el primer momento.
EUROPA PRESS. Madrid 20/07/2011.
Destacamos:

.- En los casos de fallecimientos y lesiones graves por salidas de la vía (en torno al 40%) o cuando no hay autor responsable en el atestado, se incoarán siempre diligencias judiciales. En el atestado y en ellas se indagará con flexibilidad si ha habido incidencia causal de la vía, estado del vehículo y neumáticos, explotación laboral, falta de pericia en la conducción o irregularidades en el reconocimiento sicofísico. De detectarse se iniciará el procedimiento para la pérdida de vigencia del permiso, se propondrán mejoras en las vías y señalización, se dará cuenta a las autoridades de tráfico por si se aprecia infracción administrativa y en los casos más graves se incoará procedimiento penal. En todo caso en el atestado se recogerá un informe detallado y con profundización criminológica acerca de las causas de todo orden anteriores y concomitantes al accidente. El Fiscal actuará a estos efectos en contacto desde el principio con la Policía judicial. Todo ello servirá para conocer las causas de los accidentes más graves y prevenirlos en el futuro. También para una más profunda estadística sobre ellos.

-.En las operaciones de salida y regreso de las vacaciones de agosto se va a poner en marcha un proyecto piloto de especial seguimiento de los homicidios y lesiones imprudentes y delitos de singular gravedad que puedan producirse coordinado por el Fiscal de Seguridad Vial y los Fiscales Adscritos con los mandos de la ATGC y de las Policías Autonómicas citadas. Desde el principio el atestado inicial se enviará por la Policía Judicial al Fiscal de Sala que se pondrá en contacto con los Fiscales que han sido designados al efecto por los Fiscales Superiores y éstos a su vez con los agentes actuantes. Con plena coordinación e intercambio de información con estos últimos el Fiscal promoverá, valorando las circunstancias del caso una profunda investigación de los hechos y la adopción cuando proceda de medidas cautelares como la prisión provisional (en casos de extraordinaria gravedad), la intervención del permiso de conducir y el comiso del vehículo. En todos los casos medidas de asistencia , información inmediata y protección de las víctimas de las tragedias que desgraciadamente se van a producir en estas fechas.

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